¿Puedo pedir un informe al médico forense sin ir a juicio?
Sí. Si no estás de acuerdo con la oferta de la aseguradora, o si su respuesta dice que no sufriste lesiones por el accidente, puedes pedir un informe al Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses sin ir a juicio, incluso sin que la aseguradora lo acepte. Lo paga la aseguradora, se solicita con un modelo oficial y puedes elegir el instituto de tu domicilio o el del lugar del accidente.
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ESTIMACIÓN DE INDEMNIZACIÓN
- Ingreso 3 × 98,02
- 294 €
- Baja 30 × 67,96
- 2.039 €
- Molestias 60 × 39,20
- 2.352 €
Total lesiones
4.685 €
+ secuelas y gastos, aparte · baremo 2026
Revisión gratisCómo se pide
La solicitud se presenta con el modelo oficial del anexo I, de común acuerdo con la aseguradora o solo por ti; si la pides tú solo, el instituto avisa de inmediato a la aseguradora. Puedes elegir entre el Instituto de Medicina Legal de tu domicilio o el del lugar donde ocurrió el accidente. Hay que acompañarla de la oferta motivada que te haya hecho la aseguradora.
La solicitud debe indicar tus datos, los de la aseguradora y los del accidente; cualquiera de las partes puede además pedir que se estudie algún aspecto concreto, siempre que lo haga constar expresamente al presentarla.
Quién paga el informe
El informe tiene un precio público, pero lo paga siempre la aseguradora que emitió la oferta motivada, tanto si lo pides tú solo como si es de común acuerdo. El instituto te entrega el informe en todo caso, aunque la aseguradora no hubiera pagado todavía. Ese precio es único por cada pericia y cubre todos los informes necesarios para medir tus secuelas y tus lesiones temporales, aunque no incluye las pruebas complementarias que haya que hacer en centros médicos u hospitalarios.
Los plazos
Desde que presentas la solicitud, el instituto tiene tres meses para reconocerte y un mes más, desde el reconocimiento, para emitir el informe, que se entrega dentro del mes siguiente a la exploración, salvo que la complejidad del caso justifique, de forma motivada, ampliar ese plazo.
Qué incluye el informe
El informe recoge la identificación de la víctima, de la aseguradora y del perito, los datos del accidente, la información médica en que se basa y la medición de las lesiones temporales y las secuelas según el sistema legal de valoración.
Qué cambia con ese informe
Pedirlo obliga a la aseguradora a presentar una nueva oferta motivada en el mes siguiente a que te entreguen el informe. Si sigues sin estar de acuerdo, puedes acudir a un medio de solución de controversias fuera de los tribunales o a la vía judicial.
Fuentes
- Real Decreto Legislativo 8/2004, art. 7 (BOE) Fuente: boe.es
- RD 1148/2015, art. 4 (BOE) Fuente: boe.es
- RD 1148/2015, art. 12 (BOE) Fuente: boe.es
- RD 1148/2015, art. 14 (BOE) Fuente: boe.es
- RD 1148/2015, art. 15 (BOE) Fuente: boe.es