¿Qué pasa si la culpa del accidente fue de los dos?
Si la víctima solo contribuyó al daño, sin ser la única culpable, todas las indemnizaciones se reducen en proporción a su culpa, con un máximo del 75 %. Hay una excepción: en secuelas y lesiones temporales, la culpa de víctimas no conductoras menores de 14 años o sin capacidad de culpa civil no reduce ni suprime la indemnización, salvo que hubieran actuado con dolo.
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ESTIMACIÓN DE INDEMNIZACIÓN
- Ingreso 3 × 98,02
- 294 €
- Baja 30 × 67,96
- 2.039 €
- Molestias 60 × 39,20
- 2.352 €
Total lesiones
4.685 €
+ secuelas y gastos, aparte · baremo 2026
Revisión gratisCulpa exclusiva frente a culpa compartida
El conductor solo queda libre de responsabilidad si prueba que el daño se debió a culpa exclusiva de la víctima o a fuerza mayor ajena a la conducción. Si la víctima, siendo capaz de culpa civil, solo contribuyó a causar el daño, no lo exonera del todo: reduce todas las indemnizaciones, incluidos los gastos, en proporción a esa culpa, con un tope del 75 %.
Qué cuenta como contribuir al daño
La ley pone un ejemplo claro: no usar o usar mal el cinturón, el casco u otros elementos de protección, incumpliendo la normativa de seguridad, si eso agrava el daño sufrido. También cuenta abandonar sin justificación el tratamiento médico, si eso empeora las lesiones.
Menores y personas sin capacidad de culpa
Para las lesiones temporales y las secuelas, hay una regla especial: la culpa, exclusiva o compartida, de víctimas no conductoras menores de 14 años, o de quienes por un menoscabo físico, intelectual, sensorial u orgánico no tienen capacidad de culpa civil, no reduce ni suprime la indemnización. La excepción es que hubieran contribuido al daño de forma dolosa.
Si abandonas el tratamiento
La misma reducción se aplica si, sin justificación, dejas de seguir un tratamiento o una conducta generalmente exigible que habría evitado que el daño empeorara, sin poner en riesgo tu salud. La ley lo trata como un incumplimiento del deber de mitigar el daño, con el mismo efecto que la culpa concurrente, aunque el origen del accidente no tenga nada que ver con esa conducta posterior.
Quién decide el porcentaje
No hay una tabla fija de porcentajes: el reparto de culpa se valora con las pruebas del accidente, como el atestado, las declaraciones o los informes periciales. Un abogado especializado puede revisar gratis si el porcentaje que propone la aseguradora está bien justificado.
Fuentes
- Real Decreto Legislativo 8/2004, art. 1.1 (BOE) Fuente: boe.es
- Real Decreto Legislativo 8/2004, art. 1.2 (BOE) Fuente: boe.es